[ASESINO SE BUSCA] Despiadado sujeto asesina y arrastra un inocente perro y se jacta de ello


Escenas como éstas sacan o peor de nosotros y peor aún, cuando el protagonista se jacta de sus despreciables actos... Entérate lo que sucedió.


Este terrible registro fue tomado en Paraguay, sobre la Ruta 3, en Azotey, un par de días atrás, donde éste cruel sujeto amarró un inocente perro al parachoque de su coche y lo arrastró kilómetros y aún sabiéndose fotografiado se lo puede ver saludando por la ventanilla del coche...

ALERTA DE CONTENIDO, ALGUNAS IMÁGENES PUEDEN DAÑAR LA SENSIBILIDAD

Por el terrible estado del animal, se puede ver que carece de LA MAYOR PARTE DE SU CRÁNEO, por lo que se supone fue asesinado antes de ser amarrado al coche y arrastrado  VILMENTE por la carretera. 

No minimiza en absoluto lo diabólico de éste hecho, el hecho de haber asesinado al inocente antes de ser arrastrado, porque el asesinarlo también es un delito penado por ley, y lo único que se demuestra con ésto es la insanía, la falta de respeto y la burla de las malas personas como la de ésta foto que SE SIENTEN IMPUNES ANTE LA AUSENCIA DE CONOCIMIENTO DE LAS PERSONAS EN GENERAL DE LA LEY DE PROTECCIÓN ANIMAL VIGENTE que de usarse y aplicarse regularmente amparado en denuncias concretas y fuertes con pruebas concretas y concisas, se haría más fuerte por ende la propia LEY.


Segun matrícula del vehículo, se identificó al titular y según registros públicos el nombre del despreciable sujeto es Alexi Ricardo Ramirez, de 32 años, con última residencia informada en Azotey , Concepción, Paraguay.

En Paraguay existe la Ley 4840 cuyo objeto reza "La presente Ley tiene por objeto establecer pautas mínimas que regulen la protección de los animales domésticos, silvestres y exóticos en cautividad" 



Además continua diciendo "Es de interés público garantizar la protección y el bienestar de los animales. Al efecto, el Estado paraguayo garantizará la adopción de acciones que aseguren:
a) La prevención y el tratamiento del dolor y el sufrimiento de los animales.
b) La promoción de la salud y el bienestar de los animales, asegurándoles, según la especie y forma de vida, condiciones apropiadas para su existencia, higiene, sanidad.
c) La erradicación y sanción del maltrato y los actos de crueldad hacia los animales.
d) La implementación de programas educativos y su difusión, a través de medios de comunicación públicos y privados que promuevan el respeto y el cuidado de los animales.
e) El bienestar animal sostenido."

Agrega "Artículo 2°.- Objeto de aplicación. Sin perjuicio de las demás normas de protección faunística vigentes en el país, esta Ley será aplicable a todos animales domésticos, ya sean mamíferos, aves, reptiles, peces y anfibios. Especialmente será de aplicación a perros, gatos. Será también aplicable a animales silvestres y exóticos en cautiverio."

Y en éste caso en particular, se encuentra bajo la tipificación delictiva de Zoocidio según la ley vigente que dice:

"k) Zoocidio: Sacrificio o muerte de un animal que no esté legalmente autorizada o no tenga otra justificación legal."


Y por origen de la Ley el ciudadano paraguayo que tomó estas fotografías terribles, podría sin lugar a dudas presentar una denuncia por éste CRIMEN delante de la Policía que DEBE elevar el caso a la Justicia competente.

Es cometido de la Justicia a través de ésta Ley "11.Recibir y diligenciar las denuncias sobre actos de maltrato y abandono de animales; actuar de oficio cuando corresponda, pudiendo requerir la intervención de la fuerza pública, autoridades sanitarias y judiciales competentes."

"Artículo 30.-    Prohibiciones.
Queda prohibido:
a) El sacrificio de los animales con sufrimientos físicos o psíquicos.
b) Maltratar a los animales o someterlos a cualquier práctica que les pueda producir daños o sufrimientos innecesarios o injustificados.;"


Artículo 31.- A los efectos de las sanciones:
2. Serán considerados actos de crueldad:
a) Herir o lesionar a un animal doméstico con golpe, quemadura, cortada, punzada o arma de fuego, causándole un daño grave o la muerte innecesaria;
b) Ejecutar por piedad, remover, destruir, mutilar o alterar cualquier miembro, órgano o apéndice de un animal vivo, sin que medie razón técnica, científica y zoo profiláctica;
c) Causar la muerte inevitable o necesaria a un animal doméstico, con procedimientos que le originen sufrimiento o que prolonguen su agonía; (...)

p) Realizar con instrumentos cortantes o punzantes u otro medio capaz de causar daño o sufrimiento, prácticas de destreza manual con animales domésticos vivos o practicar la vivisección con fines que no sean con finalidad científica y en lugares o por personas que no estén debidamente autorizadas para ello; (...)

u) Causar la muerte de animales domésticos grávidos, cuando tal estado sea patente en el animal, exceptuando los casos donde el parto afecte la salud del animal gestante;
v) Lastimar o arrollar intencionalmente a un animal doméstico, o matarlo por simple perversidad; y,

w) Practicar actos de zoofilia con los animales domésticos"

Sinceramente esperamos que los paraguayos hagan valer la ley que tienen vigente ya que en ella está contemplado el poder denunciar éste tipo de atrocidades que no hacen más que llevar una imagen de Paraguay terrible al Mundo, que no es la verdadera y de no hacer lo que se debe, el mundo acabará pensando que en Paraguay se permite por las personas el maltrato animal sin actuar siquiera con una denuncia AMPARADA POR LEY.

Si desea conocer más sobre las manifestaciones en contra del maltrato hacia los animales, así como movilizaciones por sus derechos puede dar clic aquí

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