Condenaron con once meses de prisión al hombre que violo una perra

Argentina, Santa Rosa - El condenado, Justo Arancel Tobares, podría acceder al beneficio de cumplir la prisión domiciliaria. La sentencia se leyó al mediodía. "Estoy feliz", le dijo a El Diario la abogada querellante, Ivalú Turnes.
La justicia condenó a once meses de prisión efectiva a Justo Arancel Tobares, un hombre de 77 años, por encontrarlo culpable del abuso sexual de una perra. El abogado defensor del condenado todavía puede apelar el fallo pero, de quedar firme, se descuenta que la pena se aplicaría con prisión domiciliaria.


El juez Daniel Sáez Zamora leyó la sentencia ayer al mediodía, en la Ciudad Judicial de Santa Rosa. El fiscal Fernando Rivarola había solicitado que Tobares fuese condenado a un año de prisión por infracción a la Ley 14.346 de Protección Animal, durante el desarrollo del juicio oral y público.


Tobares llegó a juicio porque fue denunciado por violar a una perra en el barrio Lowo Che, de la ciudad de Toay. Como tenía una condena previa desde 2009, de dos meses en suspenso, por robo en grado tentativa de otro perro, la pena que se le fijó ahora es de cumplimiento efectivo.

Sin embargo, el condenado podría acceder al beneficio de la prisión domiciliaria, auque con algunas condiciones -no tener armas, no tener animales, por ejemplo- que si son violadas, dispara el revocamiento de ese beneficio. Durante la audiencia del juicio,  Tobares se negó a declarar.


La querellante Ivalú Turnes, de Fundación Vidanimal, había adherido al pedido del fiscal, mientras que el abogado defensor, Pablo de Biasi, había solicitado la absolución de Tobares.


La presidenta de Vidanimal, Norma Álvarez, denunció en septiembre de 2009 a Tobares. Inicialmente se le dictó el sobreseimiento al acusado. Pero eso fue apelado por la fundación, que actúa como querellante, y el Tribunal de Impugnación Penal revocó la medida.

Tobares fue condenado porque sus actos se encuadraron en lo dispuesto en el artículo 1º y en el artículo 3º inciso 7 (acto de crueldad por haber lastimado intencionalmente a un animal) de la Ley 14.346.

Álvarez declaró en el juicio y dijo que el albañil Hugo Vázquez la llamó para contarle el hecho y asistir a la perra que había sido víctima de Tobares. Otro testigo, Andrés Giménez, declaró que observó a Tobares “cinchando, llevando a la perra a la rastra hacia su domicilio”. “Llamé a la Policía de Toay, que no sé por qué no entró. Al cabo de un tiempo, unas 4 horas, veo salir a la perra con la vagina sangrante”, relató.


La abogada Turnes, luego de conocida la sentencia, confió: “Estoy súper satisfecha, estamos recibiendo felicitaciones de todo el país y de otros países. Cuando quede firme, se le impondrán condiciones. No podrá acercarse ni tener animales, ni tomar alcohol o tener armas. Si las incumple, se revoca”.


“La verdad que la sentencia está tan bien fundada que no creo que exista posibilidad de apelación. Por más que sea domiciliara la pena, estoy feliz”, dijo.


Esta sentencia, marca un precedente importante para el cumplimiento y modificatoria de la ley 14 346 de protección animal, porque solo denunciando y denunciando es que se puede lograr un cambio para la sociedad y eso le corresponde a cada uno de nosotros sin esperar que otro lo haga, porque es un derecho de todos los ciudadanos y un deber de aquellos que respetamos la vida y condenamos todo acto de tortura y muerte para los animales. Vamos por mas!!

vía: Catriel25noticias

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